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Guía Normativa

Convenio de hostelería de Madrid 2026: tablas salariales y ultraactividad

El convenio de hostelería de Madrid caducó a finales de 2025 y, a falta de uno nuevo, sigue en ultraactividad: en 2026 rigen las tablas salariales de 2025. Esto es lo que debes saber sobre los salarios por categoría, la jornada y los pluses, y qué pasará cuando se firme el nuevo convenio.

12 min de lectura Equipo QuickSit
Responsable de un restaurante en Madrid revisando las tablas salariales del convenio de hostelería en una tablet junto a documentos laborales

El convenio de hostelería de Madrid está en ultraactividad: caducó en 2025 y, hasta que se firme uno nuevo, se aplican las tablas de 2025. Saber esto evita errores en las nóminas.

Si gestionas un restaurante, bar o cafetería en la Comunidad de Madrid, hay una cosa que conviene tener clara en 2026: el convenio de hostelería está caducado. No significa que no haya convenio —ni que puedas pagar lo que quieras—, sino que se aplica por ultraactividad: se mantienen las condiciones y las tablas de 2025 mientras la patronal y los sindicatos negocian el texto nuevo. Entender este matiz es clave para no equivocarte en las nóminas ni prometer subidas que aún no existen.

En esta guía explicamos qué tablas salariales rigen en 2026, la jornada, las vacaciones y los pluses del convenio de hostelería de Madrid, con datos del BOCM, y qué pasará cuando se firme el nuevo convenio. Forma parte de nuestra guía nacional del convenio de hostelería.

Respuesta rápida

El convenio de hostelería y actividades turísticas de Madrid 2023-2025 expiró el 31 de diciembre de 2025 y sigue vigente por ultraactividad: en 2026 se aplican las tablas salariales de 2025. No hay tablas nuevas porque el convenio está en negociación (la mesa se constituyó en diciembre de 2025 y seguía sin acuerdo en la primavera de 2026). Un camarero o camarera (nivel III) cobra de salario base entre 1.160 y 1.284 €/mes en 14 pagas según la categoría del local, más el plus convenio de 191,22 €/mes y respetando siempre el SMI como mínimo.

Por qué el convenio de Madrid está "caducado" en 2026

El Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid en vigor se firmó en febrero de 2024, se publicó en el BOCM núm. 82, de 6 de abril de 2024, y tenía vigencia del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025. Es decir, terminó su vigencia pactada el 31 de diciembre de 2025.

Cuando un convenio llega a su fin sin que se haya firmado el siguiente, entra en juego la ultraactividad (artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores): el convenio caducado sigue aplicándose íntegramente —tablas, jornada, pluses— hasta que se apruebe uno nuevo. Por tanto, en 2026 no existen «tablas 2026» oficiales del convenio de Madrid: lo que rige son las tablas de 2025.

La negociación está en marcha: la comisión negociadora se constituyó en diciembre de 2025 y mantuvo reuniones a lo largo de la primavera de 2026, pero a mediados de año aún no había acuerdo. El sector emplea a más de 160.000 personas en la Comunidad de Madrid, así que el nuevo convenio se espera con atención.

Qué significa esto para tu restaurante

Mientras dure la ultraactividad, pagas según las tablas de 2025. No hay subida automática en 2026. Cuando se firme el nuevo convenio, lo habitual es que incluya una subida con efectos retroactivos desde la fecha que se pacte: conviene tenerlo previsto en la tesorería, porque puede suponer abonar atrasos a toda la plantilla de golpe.

Tablas salariales 2026 (vigentes de 2025)

El convenio cruza el nivel profesional (de I a V) con la clase de empresa (A, B o C según la categoría del establecimiento: la clase A son restaurantes de 5 y 4 tenedores; la B, de 3 tenedores y autoservicios; la C, de 1-2 tenedores, cafeterías, bares y pubs). El nivel III corresponde a camarero/a y cocinero/a; el IV, a los ayudantes. Se abonan 14 pagas.

Nivel Clase A (€/mes) Clase B (€/mes) Clase C (€/mes)
I (jefaturas) 1.415,47 1.366,11 1.250,91
II-A 1.316,72 1.292,05 1.217,99
II-B 1.300,28 1.267,33 1.201,51
III (camarero/a, cocinero/a) 1.283,83 1.250,91 1.160,37
IV (ayudantes) 1.217,99 1.185,05 1.127,42
V (auxiliares) 1.152,15 1.119,22 1.086,31

Fuente: Convenio de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid, tablas 2025 (BOCM núm. 82, 6-04-2024), vigentes en 2026 por ultraactividad. Salario base en 14 pagas, sin incluir el plus convenio ni la manutención.

Ojo: el SMI manda sobre la tabla

Algunos salarios base de la tabla quedan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, que en 2026 es de 1.221 €/mes en 14 pagas (RD 126/2026). El SMI es un suelo legal: la retribución efectiva debe alcanzarlo aunque la tabla del convenio marque menos. Por eso, en la práctica, las categorías más bajas se pagan al SMI. Analizamos su impacto en esta guía sobre el SMI 2026.

Conviene un aviso importante: el convenio de hostelería y actividades turísticas (bares, restaurantes, cafeterías, catering) es distinto del convenio de hospedaje (hoteles), que en Madrid tiene su propio texto y su propia negociación. Si tu actividad es la restauración, el que te aplica es el de hostelería que tratamos aquí.

Jornada, vacaciones y festivos

El convenio de Madrid fija una jornada ordinaria máxima de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, con 40 horas semanales de referencia (la flexibilización pactada permite ampliar la jornada diaria, con un tope semanal de 44 horas y respeto a los descansos). El descanso entre jornadas es de un mínimo de 12 horas.

  • Vacaciones: 30 días naturales ininterrumpidos al año.
  • Festivos: 14 días festivos al año; si no se disfrutan, se compensan con descanso, y en caso de cese se abonan a razón del salario base multiplicado por 1,75 y dividido entre 30.
  • Bolsa de flexibilidad: hasta 100 horas al año que no computan como horas extraordinarias.

La gestión de jornada y descansos conecta directamente con la obligación de registro horario, que detallamos en nuestra guía sobre el registro horario digital en hostelería.

Plus convenio, manutención y nocturnidad

Más allá del salario base, el convenio de Madrid establece varios complementos (importes de 2025, vigentes en 2026 por ultraactividad):

  • Plus convenio: 191,22 €/mes, abonado 11 meses al año. Sustituyó al antiguo plus de transporte y no es compensable ni absorbible.
  • Manutención: 57,82 €/mes como equivalente en metálico, en establecimientos que elaboran comidas o tienen restaurante.
  • Nocturnidad: +1% sobre el salario base por hora entre las 22:00 y las 00:00, y +25% por hora entre las 00:00 y las 08:00. Si se trabajan 5 horas o más en horario nocturno, toda la jornada se abona al 25%.
  • Complemento por permanencia: una mensualidad extra para quienes tengan 58 años o más y al menos 10 años de antigüedad en la empresa.
  • Gratificación por matrimonio o pareja de hecho: 1.012,40 €.

Cómo encaja con el ALEH estatal

El convenio de Madrid se integra expresamente en el ALEH (Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería): de hecho, su articulado señala que el texto del ALEH vigente forma parte del propio convenio. El reparto es el habitual: el ALEH fija la clasificación profesional y el marco estatal, mientras que el convenio de Madrid concreta las tablas salariales, la jornada y los pluses. Lo explicamos en la guía nacional del convenio.

Preguntas frecuentes

¿Está firmado ya el nuevo convenio de hostelería de Madrid 2026?
No. A mediados de 2026 no hay un convenio nuevo. El convenio 2023-2025 expiró el 31 de diciembre de 2025 y sigue aplicándose por ultraactividad. La mesa negociadora, constituida en diciembre de 2025, seguía sin acuerdo en la primavera de 2026.
¿Qué pasa con mi sueldo si el convenio de hostelería de Madrid está caducado?
Por la ultraactividad, mientras se negocia el nuevo convenio se mantienen las tablas y condiciones de 2025. No hay subida automática para 2026 hasta que se firme y publique el nuevo texto, que normalmente incluirá atrasos desde la fecha de efectos que se pacte.
¿Cuánto cobra un camarero según el convenio de hostelería de Madrid en 2026?
Un camarero o camarera es nivel III. El salario base de 2025, vigente en 2026 por ultraactividad, es de 1.283,83 €/mes en clase A, 1.250,91 € en clase B y 1.160,37 € en clase C, en 14 pagas, más el plus convenio (191,22 €/mes en 11 meses) y la manutención, respetando siempre el SMI como mínimo.
¿Cuántas horas se trabajan al año en hostelería en Madrid?
La jornada ordinaria máxima es de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, con 40 horas semanales de referencia (ampliables hasta 44 con la flexibilización pactada).
¿Qué es el plus convenio de hostelería de Madrid y cuánto es?
El plus convenio es el complemento que sustituyó al antiguo plus de transporte. Su importe vigente es de 191,22 €/mes, abonado 11 meses al año, y no es compensable ni absorbible.
¿Cómo se paga la nocturnidad en hostelería en Madrid?
El recargo se aplica sobre el salario base: +1% por hora entre las 22:00 y las 00:00 y +25% por hora entre las 00:00 y las 08:00. Si se trabajan 5 horas o más en horario nocturno, toda la jornada se abona al 25%.

En resumen

El convenio de hostelería de Madrid en 2026 se resume así: está caducado y en ultraactividad, por lo que rigen las tablas de 2025; el nuevo convenio está en negociación y, cuando llegue, traerá previsiblemente una subida con atrasos; y conviene no confundirlo con el convenio de hospedaje de los hoteles. Mientras tanto, aplica correctamente las tablas vigentes, respeta el SMI como suelo y ten previsto el impacto de los futuros atrasos en tu tesorería.

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